La responsabilidad del atropello recae exclusivamente en el conductor del vehículo
Por ejemplo, si el peatón cruzaba por el lugar debido (paso de peatones o de cebra) o bien fue atropellado en un lugar no habilitado para la circulación de vehículos, dicho peatón tendrá derecho a ser indemnizado por el total de la indemnización que le corresponda por parte de la compañía aseguradora del vehículo.
La responsabilidad del atropello es compartida entre el conductor del vehículo y el peatón
Por ejemplo, si el peatón estuviera cruzando una vía incorrectamente por lugar no habilitado y el conductor del vehículo circulara sobrepasando el límite de velocidad de la zona. En este supuesto se deberá establecer un porcentaje de concurrencia de culpas entre las partes implicadas (peatón y conductor del vehículo). Así por ejemplo, si se llega a establecer que en la ocurrencia del atropello el porcentaje de responsabilidad del vehículo es del 70% y el del peatón del 30%, la indemnización del peatón deberá verse reducida en dicho 30%.
Atropello causado por un ciclista
En los últimos tiempos se ha observado un aumento de los atropellos a peatones causados por ciclistas debido al incremento del uso de la bicicleta en vías urbanas. En este supuesto el peatón tiene igualmente derecho a ser indemnizado por el ciclista. Aunque los ciclistas carecen de la obligación de tener contratado un seguro de responsabilidad civil puede que ésta sea cubierta por la póliza del Seguro del Hogar que pudiera tener contratada.