Para poder reclamar una indemnización a la compañía de seguros responsable por los daños sufridos en su ropa, casco, guantes y/o objetos personales como pueden ser un teléfono móvil o un reloj, deberá conseguir las facturas originales de dichos objetos o en su defecto obtener presupuestos de artículos iguales o lo más similares posibles.

Para justificar estos daños realice fotografías de los mismos. Aún así, hasta que no haya sido indemnizado por dichos conceptos, guárdese los objetos dañados puesto que le podrían ser solicitados por la compañía aseguradora.

Es muy probable que la compañía de seguros a la hora de ofertar una indemnización por estos objetos dañados aplique una depreciación de su valor acorde con la antigüedad y con el uso que éstos tuviesen.

Daños del Vehículo

Si como conductor de un coche o de una motocicleta ha sufrido un accidente y no ha sido el responsable del mismo, tiene derecho a recibir una indemnización por parte de la compañía aseguradora del vehículo contrario por los daños materiales, por las lesiones y por los gastos derivados del accidente.

Si en el momento del accidente viajaba como acompañante tiene derecho a recibir una indemnización, tanto si el conductor del coche o de la moto es el causante del accidente como si no lo es. En el supuesto de que el conductor del vehículo en el que viajaba de acompañante fuese el responsable del accidente la indemnización la percibiría por parte de la compañía de seguros del propio vehículo.

Si el vehículo ha sufrido algún desperfecto lo primero que debe hacer es llevarlo a su taller de confianza u ordenar a alguien que lo lleve por usted si estuviera convaleciente del accidente. Si a raíz del golpe el vehículo no puede circular avise a su compañía de seguros para que lo envíen en grúa al taller.

A pesar de que jurídicamente quien debería hacerse cargo de la reparación del coche o de la moto es la compañía del vehículo causante del accidente, entre compañías existen convenios por los que en la mayoría de los casos, dependiendo de las compañías y de las circunstancias del accidente, quien acaba haciéndose cargo de la reparación del vehículo es su propia compañía de seguros. Es por ello que lo mejor es que avise a su compañía de que ha dejado su coche o su moto al taller y de esta manera podrán enviar un perito con el fin de que pueda valorar los daños.

Una vez la compañía del vehículo responsable haya aceptado la culpabilidad del siniestro, su compañía deberá dar el correspondiente compromiso de pago al taller reparador. De este modo el taller reparará los daños y pasará la factura directamente a su compañía sin que usted tenga que adelantar ni hacerse cargo del importe de dicha reparación.

En el supuesto de que no haya compromiso de pago porque la compañía de seguros del responsable no se hubiera pronunciado acerca de la aceptación de culpabilidad o bien no aceptara dicha responsabilidad, tendría dos opciones:

– Adelantar usted el importe de la factura de la reparación para posteriormente reclamarlo a la compañía con la finalidad de que le reintegren dicho importe. En caso de que le denieguen su reintegro podrá reclamar dicha cantidad judicialmente a la compañía del vehículo contrario.

– Obtener un presupuesto de la reparación o copia del peritaje si se ha realizado y reclamar su importe a la compañía primero por la vía amistosa y en el caso de recibir una respuesta negativa reclamarlo por la vía judicial. Si la compañía que le abona el importe de la reparación de su coche o de su moto por la vía amistosa es la contraria (supuesto de no aplicación convenio) deberá cerciorarse de que en el finiquito que le harán firmar se especifique que renuncia tan solo a reclamar por la reparación del vehículo, así podrá posteriormente ejercitar la reclamación por otros conceptos (daños personales, gastos, etc…).

A nivel judicial siempre se considera que una factura/recibo acredita el perjuicio real sufrido mejor que un presupuesto ya que éste no refleja el menoscabo patrimonial sufrido.

Siniestro Total del Coche o Motocicleta

Puede suceder que al peritar los daños del vehículo sea declarado siniestro total, es decir que el valor de reparación supere el valor venal que tiene su coche o su motocicleta. En este caso la compañía de seguros se negará a dar el correspondiente compromiso de pago de la reparación al considerarla antieconómica.

Tiene dos caminos posibles ante este problema:

  • Reparar de todas formas el vehículo adelantando usted el importe de la factura para posteriormente reclamarlo a la compañía, en primera instancia por la vía amistosa y en segunda por la judicial. Se debe tener en cuenta que si el valor de la reparación es mucho más alto que el valor venal del coche o de la moto, judicialmente puede encontrarse con una sentencia que solo le reconozca el abono del valor venal del vehículo más un porcentaje (entre un 30 y un 50% de dicho valor venal) considerado como valor de afección. De esta forma no podría recuperar íntegramente el importe de la factura.
  • No reparar el coche o la moto y reclamar amistosamente una indemnización a la compañía por el valor venal más un 30-50% como valor de afección, en el supuesto de que la compañía no aceptara dicha reclamación cabría la posibilidad de reclamarla judicialmente.
    Si usted decide quedarse con los restos del vehículo, se descontará el valor de éstos de la cuantía total de la indemnización.
    Si quien le abona la indemnización es la compañía contraria y todavía no ha sido indemnizado por el resto de conceptos (lesiones, vestimenta dañada, etc…) deberá revisar que en el finiquito hagan constar que sólo se renuncia por el concepto de pérdida total del coche o de la moto.