Es aquella cantidad de dinero que un cónyuge le da a otro cuando se produce una ruptura matrimonial en la cual se da un desequilibrio económico entre las partes.

La pensión compensatoria ha de pedirse por quien entienda que se ha producido el desequilibrio económico con la separación o divorcio, y se concede siempre que dicha situación quede acreditada.

La pensión compensatoria puede convenirse entre las partes o bien pedirse judicialmente.

Los factores que se tomarán en cuenta a la hora de fijar la pensión compensatoria son principalmente:

  • La edad y el estado de salud del cónyuge que la solicita.
  • Cualificación profesional y posibilidad de acceder a un empleo.
  • Dedicación pasada y futura a la familia.
  • Duración del matrimonio…

La pensión compensatoria siempre hay que solicitarla en el momento en el que se inician los trámites de separación o divorcio, ya que de lo contrario se perderá cualquier derecho que se hubiera podido ostentar al respecto.

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